Te comparto este blog que fue realizado cuando conducía el programa "Fenómenos del Espíritu"
martes, 4 de agosto de 2009
Indulgencia Plenaria con motivo del Año Sacerdotal
Ciudad del Vaticano.- Benedicto XVI concederá a los sacerdotes y fieles la indulgencia plenaria con motivo del Año Sacerdotal (19 de junio 2009 -19 junio 2010), convocado en honor de San Juan María Vianney, según informa el decreto hecho público y firmado por el Cardenal James Francis Stafford y el obispo Gianfranco Girotti, O.F.M. Conv., respectivamente Penitenciario Mayor y Regente de la Penitenciaría Apostólica.
El período comenzará con la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús, “jornada de santificación sacerdotal” -dice el texto-, cuando el Pontífice celebrará las Vísperas ante las reliquias del santo traídas a Roma por el obispo de Belley-Ars, y concluirá en la Plaza de San Pedro, en presencia de sacerdotes de todo el mundo, que “renovarán la fidelidad a Cristo y el vínculo de fraternidad”.
Las modalidades para la obtención de las indulgencias son:
A) A los sacerdotes, arrepentidos de corazón, que recen cualquier día las laúdes o vísperas ante el Santísimo Sacramento expuesto a la adoración pública o en el sagrario y se ofrezcan a la celebración de los sacramentos, sobre todo de la Confesión, se concederá Indulgencia plenaria aplicable a los hermanos en el sacerdocio difuntos como sufragio, si en conformidad con las disposiciones vigentes se confesarán sacramentalmente, comulgarán y rezarán por las intenciones del pontífice. También se concede Indulgencia parcial, siempre aplicable a los hermanos en el sacerdocio difuntos, cada vez que recen oraciones debidamente aprobadas para llevar una vida santa y cumplir los oficios que se les han confiado.
B) A los fieles cristianos, arrepentidos de corazón que, en la iglesia o en el oratorio asistan a la Santa Misa y ofrezcan por los sacerdotes de la Iglesia oraciones a Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote y cualquier obra buena cumplida se les concede Indulgencia plenaria, siempre que se hayan confesado sacramentalmente y recen por las intenciones del Papa los días en que se abre y se clausura el Año sacerdotal, en el día del 150 aniversario de la muerte de San Juan María Vianney, los primeros jueves del mes o cualquier otro día establecido por los Ordinarios de los lugares para la utilidad de los fieles”.
Los ancianos, los enfermos y todos aquellos que por motivos legítimos no puedan salir de casa, podrán obtener la Indulgencia plenaria, si con ánimo alejado del pecado y el propósito de cumplir las tres condiciones necesarias apenas les sea posible, “en los días indicados rezan por la santificación de los sacerdotes y ofrecen a Dios por medio de María , Reina de los Apóstoles, sus enfermedades y sufrimientos”.
Asimismo se concede la Indulgencia parcial a todos los fieles cada vez que recen cinco Padrenuestros, Ave Marías y Glorias, y otra oración debidamente aprobada “en honor del Sagrado Corazón de Jesús para que los sacerdotes se conserven en pureza y santidad de vida”.
Etiquetas:
Año Sacerdotal,
Indulgencia Plenaria,
Penitenciaria Apostólica
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